¿QUÉ ES EL HOSTIGAMIENTO?
En general, el acoso en el lugar de trabajo incluye una amplia gama de comportamientos intencionales y ofensivos que pretenden molestar, molestar o amenazar a los empleados, y es característicamente de naturaleza repetitiva.

¿CUÁNDO EL ACOSO ES ILEGAL?
Es ilegal acosar a un empleado por motivos de raza, color, religión, sexo (incluyendo embarazo), origen nacional, edad (40 años o más), discapacidad o información genética. Además, es ilegal acosar a alguien porque se han quejado de discriminación, han presentado cargos de discriminación o han participado en una investigación o demanda de discriminación laboral.

¿QUÉ FORMAS PUEDE TOMAR EL ACOSO?
El acoso viene en varias formas de acoso, donde el comportamiento físico y psicológico de acoso cometido contra el empleado; al acoso psicológico por conductas humillantes, intimidatorias o abusivas, que a menudo son difíciles de detectar, no dejando más pruebas que las denuncias o denuncias de víctimas.

Además, el acoso puede tomar las formas de insultos, graffitis, comentarios ofensivos o derogatorios u otra conducta verbal o física. A pesar de que la ley no prohíbe bromas simples, comentarios indirectos o incidentes aislados que no son muy graves, el acoso es ilegal si es tan frecuente o grave que crea un ambiente de trabajo hostil u ofensivo o si resulta en una decisión adversa de empleo tales como la víctima de ser despedido o degradado).

¿QUIÉN PUEDE SER EL HARASSER?
El acosador puede ser el supervisor de la víctima, un supervisor en otra área, un compañero de trabajo o alguien que no es un empleado del empleador, como un cliente o un cliente. Por ejemplo, el acosador puede ser el trabajador / gerente de RR.HH. cuya conducta intenta perturbar o molestar al empleado enviando numerosas y muchas veces difíciles de interpretar políticas, o amenazando con terminar al empleado.

El acoso fuera del lugar de trabajo también puede ser ilegal si existe un vínculo con el lugar de trabajo. Por ejemplo, si un supervisor acosa a un empleado mientras conduce al empleado a una reunión.

¿ERES HARVADO POR SU RAZA / ETNICIDAD / RELIGIÓN / SEXO?
Una forma a menudo de acoso es el acoso racial, que se dirige a los empleados debido a su raza o etnia. Este tipo de acoso tiende a hacer que el empleado se sienta degradado debido a su raza o etnia. Tal vez su empleador acosa a los empleados de color constantemente afirmando que no son lo suficientemente inteligentes o son demasiado tonto para hacer su trabajo correctamente.

El acoso religioso también es común en el ambiente de trabajo donde el acoso verbal, psicológico o físico es usado contra los empleados porque ellos eligen practicar una religión específica. Tal vez vayas a la iglesia todos los domingos y tu patrón te acosare sobre cómo no trabajas lo suficiente porque te niegas a entrar a trabajar los domingos y que tu religión es vergonzosa.

Pero aún, quizás el acoso más frecuente en el lugar de trabajo viene como acoso sexual. Implica palabras, hechos, acciones, gestos, símbolos o comportamientos no deseados e indeseables de naturaleza sexual que hacen que el empleado se sienta incómodo. El acoso sexual de género y orientación sexual cae en esta familia. Tal vez su jefe hostiga a un empleado de lo bonita que es y cómo le gustaría llevar a su casa o comentarios sobre su cuerpo de una manera no deseada a menudo sexualmente descriptivo.

PODEMOS AYUDAR.
Si usted siente que ha sido hostigado por su empleador, debe comunicarse con un abogado de empleo inmediatamente para proteger sus derechos legales bajo las leyes estatales y federales.

Las cuestiones de derecho laboral suelen ser complejas y concretas. En el Grupo de Derecho de Mostafavi, APC, tratamos su situación de manera única y adaptaremos nuestra representación a su situación y necesidades con un compromiso y una defensa entusiasta para maximizar la recuperación para usted.